Durante la 8° sesión ordinaria del año, la Legislatura jujeña sancionó la ley 6519 que establece un marco regulatorio actualizado de la actividad de farmacias, droguerías y distribuidoras de productos farmacéuticos en el territorio provincial. La norma, que deberá ser reglamentada en breve, fue celebrada por autoridades de las diferentes instituciones que nuclean a profesionales y locales que expenden y comercializan medicamentos. A la vez, destacaron que la flamante norma define a los medicamentos como un bien social por lo que en adelante se procurara una distribución más equitativa de los locales farmacéuticos en el territorio provincial y el resguardo de los mismos frente a la venta ilegal.
Al destacar los alcances de la ley sancionada por diputados, el presidente del Colegio Farmacéutico de Jujuy, Gustavo Martínez, recordó que la sanción de la norma es el resultado de un trabajo que inició años atrás y del que participaron numerosos sectores que trabajan directa e indirectamente en ámbito de la salud en la provincia.
“Esta es una ley de todos los farmacéuticos de Jujuy y la verdad que estamos muy emocionados”, sostuvo el profesional quien puso de relieve que bajo el nuevo marco legal los medicamentos son considerados como un “bien social” por lo que se procurará garantizar a la población el acceso a productos seguros y en lugares habilitados para su comercialización y expendio. En tal sentido, desde el sector farmacéutico se apuntó que en adelante la comercialización de medicamentos deberá realizarse exclusivamente a través de locales habilitados, como las farmacias.
Con acuerdo a estos parámetros generales, Martínez, mencionó que, “esta es una ley moderna con una mirada sanitaria donde se destaca el medicamento como un bien social y asegura que todos los jujeños tengan acceso a un medicamento seguro, y por eso se autoriza la venta únicamente dentro de farmacias, donde hay un profesional involucrado”. Afirmó que este último aspecto resulta, “clave por el riesgo sanitario que implica encontrar medicamentos fuera de las farmacias”.
Destacó además que la nueva ley concede al Ministerio de Salud las herramientas necesarias para “combatir y sancionar la venta ilegal de medicamentos en comercios no habilitados o la vía pública”. “Los medicamentos de calidad solo pueden encontrarse en las farmacias”, acotó el titular del Colegio al valorar los alcances de la ley que reemplaza la norma que rige a la fecha que data del año 1969. Asimismo, remarcó que la ley, promueve controles sobre aquellos productos que se ofrecen en lugares no habilitados, como kioscos y ferias. Atento a dicha situación, enfatizó que la venta en lugares no habilitados constituye un “ejercicio ilegal de la farmacia”.
Por otro lado, al aludir a la distribución geográfica de los locales farmacéuticos, se pronunció en favor de la “descentralización” para lograr una mejor distribución de locales en el territorio provincial. La referencia parte del hecho de que en la actualidad la mayoría de los locales de comercialización de medicamentos está centrada en las principales ciudades de la provincia, mientras que los ciudadanos residentes en localidades del interior, o en barrios de la periferia no tienen acceso a los mismos.
Sobre el particular, Martínez, recordó que en base a la experiencia del periodo de pandemia resulta necesario que, “cada barrio tenga su centro vecinal y también una farmacia accesible».
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