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12 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de dos menores de edad con las que convivía en San Pedro de Jujuy

El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a un hombre, M.A.H., a la pena de 12 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por la situación de convivencia con victima menor de dieciocho años (dos hechos) en concurso real”.

Asimismo, en el veredicto de los jueces dictado ayer, 23 de noviembre de 2022, se ordenó el inmediato traslado de M.A.H., al Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al régimen de progresividad de la pena.

Además, se dispuso que, firme y consentida la sentencia, se obtenga el perfil genético del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

El Tribunal estuvo integrado por el juez Mario Ramón Puig – presidente de trámite-, y las juezas Carolina Pérez Rojas y Margarita Nallar; en tanto la secretaría estuvo a cargo del Dr. Héctor Mario Bernal

Acusación

De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el acusado, M.A.H., llegó a juicio por  ilícitos que cometió contra dos menores de edad, con las que convivía en una vivienda ubicada en San Pedro de Jujuy.

Con respecto a la primera víctima, se indica que desde el mes de junio de 2011, el imputado abusó de la misma desde que esta tenía 11 años y a lo largo del tiempo hasta que ella cumplió los 18 años de edad, en reiteradas ocasiones, y en las oportunidades en que su accionar se veía facilitado por la convivencia temporal con la menor.

El otro hecho delictivo sucedió a partir del año 2015, con otra niña que en ese momento tenía 6 años de edad, a la cual el imputado abusaba sexualmente en horas de la noche y en reiteradas ocasiones, siendo la última de las agresiones sexuales contra la menor a comienzo de la emergencia sanitaria, es decir con posterioridad al 18 de marzo de 2020.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y el abogado defensor del enjuiciado.

En su alegato, el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Alejandro Bosatti, solicitó la pena de 12 años de prisión para el acusado; petición a la que adhirieron tanto la querellante, Dra. Luisa Carmen Burmiñski, perteneciente al Ministerio Público de la Defensa Civil, como el abogado defensor del acusado, Dr. Gonzalo Ramón Martínez.

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